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El Gobierno reglamentó los reintegros para compras en carnicerías
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El Gobierno reglamentó los reintegros para compras en carnicerías

El Gobierno reglamentó este viernes el procedimiento para los reintegros para compras en carnicerías por parte de consumidores finales. Los locales deberán estar inscritos en el Registro de Carnicerías para poder efectuar el reintegro del 10% de las compras con tarjetas de débito, prepagas o asociadas a cuentas abiertas de entidades financieras.

El Gobierno anunció la semana pasada una serie de medidas en respuesta a subas en torno al 30% en el precio de la carne que se venían registrando y que impactaban en mostrados. Las medidas buscan incentivar la oferta de carne mediante el aumento de la producción, y asistir a la demanda, mediante los reintegros del 10% para compras con tarjeta de débito, del 35% comprando con Banco Nación, y el congelamiento de los siete principales cortes demandados por el mercado interno. Estos últimos estarán disponibles solo en supermercados y en carnicerías de frigoríficos, no así en los mercados de cercanía.

A través de la Resolución General 5330/2023, el Gobierno estableció la devolución del 10% de la compra en carnicerías. el monto de devolución no podrá superar los $2.000 por mes.

La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y subraya que las entidades financieras y los Prestadores de Servicios de Pago (PSP) serán los responsables de acreditar en la cuenta usada para el pago el monto del reintegro dentro de las 96 horas de efectuada la compra.

Las entidades financieras y PSP deberán incluir en el resumen de cuenta que emitan los importes reintegrados por mes con la leyenda "Reintegro Carnicerías Minoristas".

Los sujetos interesados podrán inscribirse al ‘Registro de Carnicerías’ a través de la página de AFIP, lo cual les posibilitará acceder a determinados beneficios en el marco de la norma mencionada, como la postergación por tres meses del pago del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, mientras que para los Responsables Inscriptos en IVA podrán ingresar el importe también tres meses después del vencimiento general. Las declaraciones juradas se mantendrán de carácter mensual.

El Ministerio de Economía determinará el presupuesto asignado para los reintegros correspondientes, pero detalla que lo hará en la medida de no afectar la coparticipación federal.

Las carnicerías que adhieran al programa podrán descontar el 5% del valor de la factura de compra al frigorífico de su declaración de Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, un saldo que podrá utilizar como crédito.

Los vendedores que estén adheridos al régimen de autónomos tendrán un descuento del 90% de la cuota mensual y pagarán solo el 10% de lo que determine su categoría, de acuerdo a su nivel de facturación.

Además de ofrecer un descuento para fomentar la demanda, la medida tiene como segundo objetivo la de aumentar la formalización del sector. Esto responde a que se conoció que cerca del 90% de las ventas del sector se realizan de manera informal.


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