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Desde este lunes, jubilados y pensionados quedan eximidos de la declaración de supervivencia en los bancos
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Desde este lunes, jubilados y pensionados quedan eximidos de la declaración de supervivencia en los bancos

El Gobierno promulgó la ley que establece la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y de este modo quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.

Se trata de la ley 27721, que había sido sancionada por el Congreso el 5 de julio y que ahora fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.

Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSES no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.

Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.

Por su parte, la ANSES quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.

En la actualidad, varias entidades bancarias que pagan haberes previsionales controlan la “Fe de Vida” a través de distintas posibilidades como una compra mensual con tarjeta de débito o crédito del jubilado o pensionado, con aplicaciones móviles y, en el caso de que el jubilado o pensionado lo desee, también puede hacerlo en forma presencial.

Como la verificación de la superviviencia de los beneficiarios corre por cuenta de los bancos y no de la Anses, las entidades financieras fueron desarrollando sus propios métodos. En adelante, esos métodos son los que utilizará cada entidad de acuerdo a sus preferencias.


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