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La específica de Comercio de la Cámara y referentes de AADI CAPIF buscan entendimiento por los cobros de derechos
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La específica de Comercio de la Cámara y referentes de AADI CAPIF buscan entendimiento por los cobros de derechos

La Específica de Comercio de la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafaelse reunió con funcionarios provinciales y locales de AADI CAPIF. En la reunión se encontraban Adrián Martos, presidente de la Específica de Comercio; Celina Gómez, Directora de la Cámara; y Alejandro Flores, gerente de esta institución; además de socios y comerciantes locales. En representación de AADI CAPIF estuvo presente el jefe de cobranzas de la provincia, junto a los dos cobradores locales de dicha asociación.

El objetivo de la reuniónpropuesta por la Específica de Comercio fue traer claridad a los comerciantes localessobre el funcionamiento de la asociación, el fin que tiene esta, el alcance de las inspecciones, y fundamentalmente, los aranceles que cobran.

AADI CAPIF es la asociación argentina que representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros, en la percepción y administración de los derechos correspondientes por la ejecución pública de fonogramas. AADI-CAPIF está integrada por la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF).

Esta entidad privada, AADI CAPIF, responde a los intérpretes y tiene la potestad de cobrar sus aranceles como agente público recaudatorio. El Estado regula como cobrar, y fue el encargado de crear los rubros en los que se clasifican las actividades comerciales.

Los comerciantes agrupados en la Específica de Comercio plantearon a los funcionarios presentes sus preocupaciones, manifestando que nunca se ha sido claro con el cobro de los derechos exigidos. Lo ven como “un gris permanente” en el costo de su actividad. Existe entre los comerciantes muchas dudas respecto a los valores de los costos y sus actualizaciones permanentes, lo que derivó en cierto malestar en el sector.

Desde AADI CAPIF recordaron que cualquier sitio público, o privado de acceso público, en el que se reproduzca música es alcanzado por el cobro de los derechos (no impuestos ni tasas) que ellos realizan. En cuanto a los valores de los derechos exigidos, estos son contantemente actualizados por el índice de inflación oficial (INDEC). La negativa o falta de pago de tales derechos puede derivarse en demandas judiciales, las cuales terminan siendo altamente costosas para el demandado, y en todos los casos en que se llega a instancias judiciales estas resultan favorables a la entidad recaudadora.

Ambas instituciones quedaron abiertas a futuras reuniones donde se planteará la posibilidad del alcance de un convenio que beneficie a los socios de la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael.


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