En la Ciudad de Buenos Aires ya está vigente desde este lunes la resolución oficial que determina nuevos procedimientos para el registro y la tenencia de las 17 razas de perros, que fueron declarados potencialmente peligrosos por Ley porteña Nº 4078, sancionada hace diez años.
La Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires publicó este lunes el "Procedimiento de inscripción en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos", cuyo objetivo es regular la tenencia de aquellos caninos considerados peligrosos a fin de preservar la vida y la integridad física de las personas, y otros animales. De todas formas, desde Ciudad no hubo comunicación oficial de plazos.
Según la Ley Porteña 4078, que regula la tenencia de este tipo de animales, las 17 razas de perros peligrosos son:
También se consideran perros potencialmente peligrosos a los nacidos de cruces entre las razas incluidas en la lista o con otras razas que den como resultado animales de más de 20 kilos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado.
Los dueños deberán cumplir los siguientes requisitos:
El dueño que abandone un perro alcanzado por la ley, teniendo en cuenta que está prohibido, tendrá una posible sanción ya que se considera una falta grave.
En caso que el animal tuviese algún inconveniente (cesión, robo o pérdida), el dueño deberá informarlo de inmediato al Registro.
El incumplimiento de estas disposiciones es multado con un monto de entre $19.500 y $78.000, o el doble en caso de reincidencia.